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Desde Centro Innova te traemos todos los detalles de las oposiciones que puedes optar si tienes algún tipo de discapacidad, el llamado cupo de oposiciones para discapacitados. Este tema es muy poco conocido por los opositores, así como su importancia y las ventajas que supone para los futuros empleados.

En este artículo, descubrirás la nueva normativa vigente en materia de acceso para estas oposiciones, así como su legislación actual vigente.

¿Estás preparado? ¡Empezamos!

 

[bctt tweet=»La integración social de las personas con discapacidad pasa por su integración en el mundo laboral.» username=»innovaoposicion»]

 

Oposiciones para todo el mundo

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En la actualidad, tenemos la suerte de vivir en un mundo que cada día avanza un poco más hacia el respeto de la vida de todos los seres humanos, independientemente de: su género, nacionalidad, religión, discapacidad, etc. Esta integración de valores es tomada en consideración para facilitar la participación de todas las personas en su vida social y laboral tengan discapacidad o no.

Centrándonos en el trabajo, el ejercicio de una actividad laboral aporta numerosos beneficios personales, tanto económicos como de otra índole, que suponen un valor fundamental para la vida de estas personas. Son un reconocimiento de la valía de los seres humanos. ¿Y por qué? Te preguntarás. Pues estos permiten la expresión de las propias capacidades intelectuales y físicas. Asimismo, en la medida en que generan logros y reconocimiento, cumplen la función de elementos de desarrollo de la personalidad que la Constitución expresa.

 

Las ofertas de empleos públicos ofrecen las mismas posibilidades a todos, independientemente de su condición.

 

¿Qué se considera discapacidad en las oposiciones?

 

En todas las oposiciones que existen a nivel nacional, hay un número de plazas reservadas a personas que sufren algún tipo de discapacidad. Estas discapacidades pueden ser físicas, intelectuales, mentales o sensoriales, y es necesario tener un grado de 33% o superior para que sea considerado como una discapacidad.

Existe un porcentaje que está asignado a las personas que sufren algún tipo de discapacidad. En concreto, es del 5%. Pongamos un ejemplo práctico, de una convocatoria con 7000 plazas ofertadas, esto significaría que habría asignadas aproximadamente 350 plazas para personas discapacitadas. 

Como dato, también puedes solicitar la exención de las tasas, lo único que debes hacer es acreditar una discapacidad igual o superior al 33%.

Legislación y normativa de acceso a las oposiciones para discapacitados

 

El ordenamiento jurídico español reconoce el principio de igualdad con una orientación de justicia. Esto significa: igual para los iguales, distinto para los más necesitados.

Así, el artículo 9.2 de la Constitución manifiesta que:

 

«Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo. Y de los grupos en que se integra, sean reales y efectivas, así como remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social».

 

Esa “remoción de obstáculos” que la Constitución proclama se concreta en el caso de los discapacitados en favorecer su inclusión a través de medidas facilitadoras (“medidas de acción positiva”).

Un primer intento de dar respuesta al mandato constitucional fue la  Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de la minusvalía. Esta versa sobre:

 

“En las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Institucional y de la Seguridad Social, serán admitidos los minusválidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes”.

 

Algo más tarde, apareció la Ley 23/1988, de 28 de julio, a través de su Disposición Adicional Decimonovena. Aquí se estableció una primera reserva para las personas con discapacidad en las ofertas de empleo público no inferior al 3% de las vacantes.

El artículo 59 del Estatuto Básico reservó un cupo no inferior al 5% en las oposiciones para discapacitados, remitiendo a las distintas Administraciones Públicas para las adaptaciones que se requieran. Y, finalmente, la Ley 26/2011 elevó el porcentaje de reserva al 7%, modificando el Estatuto, poniendo medidas tales como:

 

Medidas correspondientes

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Algunas de las medidas dispuestas en el artículo de las oposiciones para discapacitados son:

  • Personal temporal: obligación legal de cubrir plazas con personal discapacitado, también en las convocatorias de selección de personal temporal.
  • Adaptación: obligación de adaptar los puestos de trabajo que solicite el candidato en cualquier procedimiento de adjudicación.
  • Destinos: se le dará preferencia en la elección de destino en los procesos de acceso a personal funcionario a los aspirantes que presenten algún tipo de discapacidad. Pero, siempre que se aporte un motivo justificado.

¿Las oposiciones son adaptables a personas con discapacidad?

 

En el artículo 59, concretamente en el 59.2 TREBEP, se recoge que “cada Administración Pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad”.

 

¿Qué adaptaciones puedes solicitar si sufres algún tipo de discapacidad?

 

  1. Adaptación de medios en caso de tener deficiencia auditiva o visual. Estas adaptaciones son de carácter tecnológico.
  2. Adaptaciones de acceso, por ejemplo, para las personas en silla de ruedas.
  3. Adaptación de tiempos, en función de la discapacidad acreditada, el tribunal podrá acordar conceder tiempo adicional en la realización de las pruebas de la oposición.

 

Formas y plazos de participación en los procesos selectivos

 

Fue el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo el primero en introducir en los procesos selectivos la participación de personas con minusvalía. Ordenando, al efecto, las necesarias adaptaciones en cuanto a plazos y recursos necesarios para garantizarla.

Otro impulso vino de la mano de la Directiva 2000/78/CE, de 27 de diciembre de 2000. Manifiesta la prohibición de discriminación en el empleo por discapacidad, obligando el establecimiento de medidas positivas de igualdad de oportunidades y la adopción de ajustes razonables que remuevan las barreras u obstáculos en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo en cualquier forma de actividad laboral.

La trasposición de esta normativa a nuestro ordenamiento tuvo lugar mediante el Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados. Además, vino a coincidir en el tiempo con la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal  de las personas con discapacidad (LIONDAU).

El desarrollo reglamentario de la Ley 53/2003 dio lugar al Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre. En él se regula el acceso al empleo público de las personas con discapacidad, de aplicación a los procedimientos de acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo del personal al que se refiere el artículo 1.1 de la Ley 30/1984. Y es este reglamento el que dispone, en su artículo 3, el régimen de las convocatorias con reserva de plazas para personas con discapacidad.

 

[bctt tweet=»El Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre es el que regula el acceso al empleo público de las personas con discapacidad.» username=»innovaoposicion»]

 

Derechos e integración social en las oposiciones para discapacitados

 

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Finalmente, la regulación esencial se realiza a través del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de los Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que, en su artículo 37, remite a lo dispuesto en el resto de la normativa reguladora de la materia.

Para la determinación del porcentaje de discapacidad resulta de aplicación el Real Decreto 1979/1999, de 23 de diciembre. Regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

El apartado 2 del artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre establece:

 

“Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

 

«Por otro lado a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva podrán determinar los requisitos específicos para acceder a los mismos”.

 

La importancia de la integración en nuestra academia de oposiciones

 

Como conclusión, podemos decir que nuestro ordenamiento jurídico, partiendo del principio de igualdad constitucional, ha generado un sistema complejo para facilitar la integración de las personas más allá de sus especiales dificultades o, incluso, en razón de ellas. Y que, resultado de su desarrollo, se han articulado los mecanismos adecuados.

En primer lugar, para facilitar y promover la inserción laboral. Y, en segundo, se ha desarrollado, igualmente, un sistema jurídico-administrativo. Este es orientado a facilitar el acceso de estas personas a la función pública.

Esto garantiza expresamente a través del sistema de cuotas o reserva de plazas en los sistemas selectivos de acceso. De esta manera, las especiales dificultades que conlleva el padecimiento de una menor capacidad, física o intelectual, se ve “compensado” por la previsión de unos mínimos que, en todo caso, tienen que cubrir las administraciones públicas en la selección de personal.

Si tú también quieres ser funcionario, estás en el lugar indicado. Desde Innova, academia de oposiciones, nos encargamos de guiarte para que consigas tu plaza. Solicita información en el formulario y te resolveremos todas tus dudas acerca de las oposiciones.

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